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Promueven derechos sexuales y reproductivos

Por la Redacción

Desde hace años, muchas mujeres –y hombres también–, se preguntan de qué se habla cuando se mencionan los derechos sexuales y reproductivos.

Primero que nada, es necesario dejar en claro que todas las personas son sujetas de derechos humanos por el sólo hecho de serlo, sin importar su sexo, color de piel, edad, orientación sexual, religión, partido político, entre otras características. La finalidad es que el ser humano pueda disfrutar de una vida digna y desarrollarse plenamente.

La explicación de qué son los derechos sexuales y reproductivos y que se quiere decir con esto, correrá a cargo de diversos grupos de feministas en todo el mundo en el marco del próximo 28 de mayo, Día Mundial de Acción por la Salud de las Mujeres, cuya finalidad es informar a esta parte de la población de su derecho a la salud y a decidir sobre su cuerpo.

Así, los derechos sexuales y reproductivos son parte de los derechos humanos y su finalidad es que todas las personas puedan vivir libres de discriminación, riesgos, amenazas, coerciones y violencia en el campo de la sexualidad y la reproducción.

Por ejemplo, toda persona tiene el derecho de decidir cuántas hijas e hijos va a tener; cuándo los tendrá y con qué intervalo de tiempo; controlar su comportamiento sexual según su propia forma de ser, sentir y pensar sin tener miedo o vergüenza; y estar libre de enfermedades y deficiencias que interfieran con sus funciones sexuales y reproductivas, según difunde Mujereshoy.

¿Cómo se interpretan algunos de los derechos humanos en el campo de la sexualidad y la reproducción?

El primero de todos es el derecho que mujeres y hombres tienen a la vida. Los derechos sexuales y reproductivos tiene que ver particularmente con la decisión de las mujeres a no morir por causas evitables relacionadas con el embarazo o parto.

Ello implica que tienen derecho a no poner en riesgo o peligro su vida por razones de embarazo, en esta última influyen varios factores: por un aborto realizado en malas condiciones (personal no capacitado o lugar inadecuado); por quedar embarazada antes de los 16 años o después de los 35 años; o cuando los embarazos son muy numerosos (más de 5 o hasta 3 cesáreas) o demasiado seguidos (1 por año).

El segundo derecho humano es a la libertad y seguridad. Tanto los hombres como las mujeres tienen derecho a decidir si tienen relaciones sexuales o no, con quién y con qué frecuencia.

Como tercer derecho es el de la igualdad y no-discriminación. Todos los seres humanos, hombres y mujeres, merecen un trato respetuoso. Esto implica que las mujeres y los hombres tienen las mismas posibilidades de educarse y trabajar. Que a ninguna mujer se le puede exigir prueba de embarazo para acceder a un empleo o concursar para una beca, por ejemplo.

Tampoco puede ser despedida de su trabajo o establecimiento educativo por estar embarazada. Ninguna persona requiere autorización del cónyuge o compañero(a) para utilizar algún método anticonceptivo (incluyendo la ligadura de trompas o vasectomía).

El cuarto derecho humano es la privacidad. Es decir, toda persona tiene derecho a que se respete su intimidad e implica que los prestadores de servicios (en los consultorios, hospitales o centros asistenciales), están obligados a guardar el secreto profesional.

Como quinto derecho humano esta el de libertad de pensamiento. En lo que respecta a la vida sexual y reproductiva, toda persona tiene derecho a pensar y obrar libremente. Ello significa que ni la religión, ni el partido político, ni la cultura deben limitar a la persona en su forma de pensar o actuar frente a su vida sexual y reproductiva.

El sexto derecho humano es el derecho a la información y a la educación. En consecuencia, toda persona, desde temprana edad tiene derecho a ser educada y debe tener igual acceso a información oportuna y adecuada sobre los servicios y métodos de regulación de la fecundidad, enfermedades de transmisión sexual y todo lo que se relacione con su vida sexual y reproductiva.

Esto implica que todas las personas deben ser educadas y preparadas para asumir con responsabilidad las consecuencias de su conducta sexual y reproductiva:

• Las niñas y los niños, así como las y los adolescentes, tienen derecho a que se les brinde información y se les vincule a programas de prevención de embarazos no deseados, maltrato, abusos y todo lo relacionado con el ejercicio de su sexualidad.

• Las adolescentes embarazadas tienen derecho al apoyo especialmente de su familia, la comunidad y el Estado. Tanto la madre como el padre tienen un papel fundamental en el proceso educativo y deben brindar a sus hijos e hijas información oportuna y adecuada sobre los temas relacionados con la sexualidad y la reproducción.

Otro derecho es optar por contraer matrimonio o no, y a formar o no formar una familia. Es decir, toda persona, hombre o mujer, tiene derecho a elegir si se casa o no se casa, cuándo y con quién. Además, ninguna persona está obligada a permanecer casada ni unida a alguien con quien ya no es feliz.

El octavo derecho humano es a decidir si se tienen hijos o no y cuándo tenerlos. No se requiere la autorización del cónyuge o el compañero sexual para planificar el número de hijos o hijas ni para elegir el método anticonceptivo, cualquiera que éste sea.

Un derecho más es a la atención y protección de la salud. Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a disfrutar de una vida sexual satisfactoria, libre de riesgos y a desarrollar su vida y relaciones de pareja en buenas condiciones.

El décimo derecho humano es a los beneficios del progreso científico, esto es, toda persona debe disponer de métodos anticonceptivos modernos, seguros y aceptables para regular su fecundidad y a estar informada sobre ellos.

Otro derecho humano es la libertad de reunión y participación política. Esto significa que todas las personas tienen derecho a organizarse en busca del respeto, libre ejercicio y garantía de los derechos sexuales y reproductivos.

Finalmente, el duodécimo derecho humano asociado a la sexualidad y a la reproducción es el derecho de toda persona a no ser sometida a torturas y maltratos y, por el contrario, el derecho a vivir una vida libre de violencia.

Esto implica que toda persona tiene derecho a no ser agredida (ni física ni verbalmente) por su compañera o compañero sexual, ni por ninguna otra persona y nadie puede ser forzado(a) a tener relaciones sexuales. En las relaciones de pareja debe primar la igualdad, la libertad y el respeto recíproco entre sus integrantes.

2004/GV/SM

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