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Instituciones públicas en Chile no podrán negar abortos

Por Hazel Zamora Mendieta
abortocampañaChile

El gobierno de Chile dio revés a la objeción de conciencia a nivel institucional por las tres causales de aborto al establecer en un nuevo reglamento, que las instituciones públicas de salud y las instituciones privadas con convenio con el Estado, no pueden negarse a brindar los servicios de interrupción del embarazo.

Este 23 de octubre el gobierno de Chile publicó en el Diario Oficial del país el nuevo reglamento sobre la manera y los casos en que el personal médico e instituciones médicas privadas pueden declararse objetores de conciencia y no practicar un aborto según las causales permitidas en la ley (violación, inviabilidad del feto y riesgo a la salud).

Esto, después de que la Contraloría General de Chile declaró en mayo de 2018 ilegal el “Protocolo de objeción de conciencia” que modificó en su recién llegada al poder el actual presidente de Chile, Sebastián Piñera y el nuevo Ministro de Salud, Emilio Santelices.

Al analizar el Protocolo, la Contraloría resolvió que éste se tenía que modificar porque las instituciones públicas de salud no pueden invocar la objeción de conciencia toda vez que es obligación del Estado garantizar el libre acceso de las mujeres a la salud.

Así tampoco pueden ser objetores los establecimientos de salud privados que tienen convenio con el Estado, puesto que al recibir financiamiento público para prestar servicios de obstetricia y ginecología, se entiende que forman parte de la Red Pública de Salud, resolvió Contraloría.

Entonces el gobierno de Sebastián Piñera tuvo que volver redactar la normativa para regular la objeción de conciencia y después de cinco meses, este 23 de octubre finalmente se publicó, quedando asentado en el título tercero, artículo 13 del nuevo reglamento, que las instituciones de salud públicas y privados que tienen convenio con el Estado no pueden ser objetoras de conciencia a nivel institucional.

En consecuencia, solo las instituciones médicas que no reciben fondos del gobierno chileno pueden invocar la objeción de conciencia institucional, pero cuando se presente un caso en que la mujer requiere atención inmediata e impostergable, invocando la causal de riesgo a la salud para abortar, estas instancias no podrán excusarse de realizar la interrupción del embarazo, indica el artículo 14 de este reglamento.

En todo caso, estos establecimientos privados deberán presentar en los próximos 15 días que entra el vigor el reglamento, su requerimiento de objetores de conciencia al Ministerio de Salud, quien contará con 10 días hábiles para darles una resolución.

En caso de aceptarlo, el Ministerio debe publicar en su sitio web oficial la lista de establecimientos declarados objetores de conciencia, asimismo, estas instituciones deben declarar su condición en su sitio web institucional e informar al público mediante avisos visibles, establece la normativa.

En los casos individuales, el nuevo reglamento instituye que el personal médico que quiera invocar la objeción de conciencia debe llenar una serie de formularios que publicará el Ministerio de Salud y ser entregados al director o directora de la institución.

La normativa indica que la objeción de conciencia únicamente es aplicable al momento de practicar el aborto, no procederá para dar información, diagnóstico, toma de exámenes médicos, previos o posteriores a los cuidados que requiere el procedimiento de interrupción del embarazo.

A un año de que se promulgó la propuesta de la expresidenta de Chile, Michelle Bachelet, “la Ley 21.030”, parar permitir el aborto en caso de violación, riesgo a la vida de las mujeres e inviabilidad del feto, se han realizado 445 interrupciones del embarazo bajo estas tres causales (de septiembre de 2017 a septiembre de 2018).

Según datos del Ministerio de Salud, la mayoría de estas interrupciones, 226 casos, fueron por riesgo a la vida de la mujer, 148 por inviabilidad del fetal y 71 por violación. Asimismo, otras 48 mujeres acreditaron alguna de estas causales para abortar pero decidieron continuar con el embarazo.

Al entrar en vigor la “Ley 21.030” el gobierno de Michelle Bachelet dejó un protocolo de objeción de conciencia, sin embargo, fue modificado por el gobierno en turno de Sebastián Piñera, por lo que esta es la tercera ocasión que se redacta la normativa en la materia acorde a las exigencias de las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres en Chile, como “Miles” quien se pronunció al respecto y pidió a las mujeres que deseen interrumpir un embarazo, denunciar si las instancias médicas no cumplen el reglamento. 

18/HZM/LGL

 

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