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Ignoran 10 legislaciones derechos de las mujeres

Por Silvia Magally

Un análisis de leyes federales y estatales en materia de género presentado hoy por el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) «reprobó» a 10 leyes por incumplir con los derechos fundamentales de las mujeres, aunque excluyó estudiar la normatividad relativa al aborto.

La presidenta del organismo, Patricia Espinosa, aclaró en conferencia de medios que el análisis no revisó las leyes para el aborto aunque aseguró que el Inmujeres respeta la no penalización en los casos en que la interrupción es legal de acuerdo a las causales señaladas en los códigos penales de las 32 entidades del país.

No obstante, dijo «nosotros respetamos la toma de decisiones de las mujeres sobre sí mismas a abortar o a no hacerlo».

Aunque aclaró que en la revisión de la legislación en el Distrito Federal, que se considera la más avanzada de todas, se detectaron omisiones, incongruencias, e inconsistencias como el hecho de que no se prohíba la esterilización forzada de mujeres.

El mayor número de omisiones de las leyes en materia del género del análisis presentado corresponde al Distrito Federal.

De esta forma se detectó que la legislación capitalina no proscribe las peores formas de trabajo infantil, mientras que la corrupción de menores, la pornografía infantil y el lenocinio se clasifican como delitos contra la moral pública cuando debieran ser clasificados como delitos graves contra la integridad y la libertad de las personas.

Las leyes de la Ciudad de México tampoco consideran como delito grave el hostigamiento sexual en menores de edad , en tanto que el estupro no se persigue de oficio.

De hecho, el documento del Inmujeres cuestiona a la administración capitalina por considerar que la equidad de género no forma parte de sus principios estratégicos.

Más aún, la legislación del DF dice el texto, no prohíbe expresamente la discriminación, esclavitud, prostitución forzada y trata de personas. Igualmente denunció lentitud en los juicios familiares.

El análisis se centró básicamente en los estados gobernados por la oposición. De esta forma enumeró las legislaciones que carecen de equidad de género como en el caso de Chihuahua donde señaló, el Código Civil estatal favorece al marido en caso de demanda de divorcio.

En Coahuila en caso de divorcio, la mujer sólo tiene derecho a pensión el número de meses o años que vivió bajo el régimen de matrimonio e igualmente se prohíbe a la mujer casada desempeñar trabajos que dañen la «estructura familiar», agrega el análisis del Inmujeres.

En Baja California Sur la mujer no puede inseminarse artificialmente sin el consentimiento de su marido, pero éste puede inseminar a otras parejas sin consultar a su esposa, señala.

De acuerdo con el estudio, en Campeche se castiga a la mujer por negarse a seguir al marido a una nueva residencia mientras que en Aguascalientes hasta hace poco se tipificaba la violencia familiar como delito, pero en la actualidad no es punible.

En tanto que en Michoacán el estupro y el rapto no son castigados si el agresor contrae matrimonio con la víctima.

La investigación concluyó que existe un abismo entre la realidad que viven las mujeres y las leyes. Esta vez se analizaron 12 legislaciones de las cuales 10 incumplieron con los derechos de la población femenina y con los compromisos internacionales signados por México.

2003/SM/MEL

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