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Discriminadas por sus propias leyes las mujeres indígenas

Por Valeria Valencia Salinas

Las indígenas mexicanas viven atrapadas entre el sistema jurídico tradicional, que les otorga un papel de subordinación hacia los hombres, a quienes da un trato preferente, y el municipal, que las discrimina y es hostil hacia ellas, afirmó la investigadora del CIESAS, Teresa Sierra.

La experta del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social del Sureste (CIESAS) México, dijo a Cimacnoticias que el sistema jurídico indígena, al cual recurren mucho las mujeres, «reproduce roles genéricos en los que la mujer queda en un papel subordinado» y al hombre se le da cierta preferencia.

Esta situación se hace evidente por ejemplo cuando las mujeres son acusadas de adulterio, pues «de llegar a comprobárselo la mujer corre el riesgo de perder a los hijos y de ser corrida por la comunidad, lo cual es apoyado por las autoridades «, aseguró la especialista, cuyo estudio fue realizado en la población de Cuetzala, en el central estado de Puebla.

Sin embargo, si es el hombre el acusado por la misma falta, se procede a llamarlo y a «regañarlo» pero no pierde a los hijos y en otros casos, que son pocos, se acepta la poligamia, señala.

En las violaciones la justicia también hace menos a la mujer ya que «es una justicia que hace diferencias; se considera que una mujer da motivos para que se le acose sexualmente y entonces también ella es la culpable. Esta es una forma diferenciada de juzgar al hombre y a la mujer» afirmó la abogada.

A pesar de que en Cuetzala el sistema de justicia indígena es limitado, pues sólo atiende asuntos menores y los delitos graves pasan al ámbito municipal o estatal, es una instancia muy recurrida por las mujeres.

Los problemas más frecuentes que presentan las mujeres son la apelación por pensiones para sus hijos o el derecho a tener una parcela, así como maltrato familiar, calumnias, acusaciones, violaciones y robos.

Teresa Sierra detalla que en los juicios las autoridades negocian con base en la costumbre, «cuando el asunto no es grave se resuelve en la comunidad, pero cuando sí se pasa a la justicia municipal», afirma.

No obstante, pasar a este ámbito significa para las mujeres vencer una serie de obstáculos ya que «entrar a la justicia del distrito judicial aparte que no les garantiza que encontrarán solución, se enfrentan a la hostilidad y discriminación por parte de las autoridades mestizas, no tienen apoyo legal, el asesor de oficio no es suficiente y demás».

La investigadora explica que los modelos sexogenéricos son discursos de cómo debe comportarse la mujer y el hombre y muchas veces benefician a este último, por tanto las relaciones sexogenéricas son construidas por la sociedad, «no es lo mismo ser mujer indígena en la comunidad que ser mujer en la ciudad».

Al ser construcciones sociales, las relaciones son cambiables, explica Sierra, por ello «las mujeres indígenas de Puebla están discutiendo el por qué no pueden ser dueñas de una parcela, por ejemplo».

Pese a que las mujeres siguen estando en una posición subordinada, buscan negociar su relación en la medida de lo posible, aseguró y señaló que las relaciones de género están inscritas en las normas, «hablar de derecho es hablar de estas relaciones de género y las normas se van transformando» puntualizó.

Su análisis pretende responder cómo se construye el Derecho Indígena y cómo se expresan las ideologías sexo genéricas al momento de impartir justicia.

2003/VVS/MEL

       
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