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Acepta SCJN recurso de revisión de SFP

Por la Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió este día el recurso de revisión que solicitó la Secretaría de la Función Pública contra el amparo interpuesto por el fundador del Comité Nacional Pro Vida, Jorge Serrano Limón, para que no procediera la sanción en su contra que le impuso la SFP bajo el argumento de que no tenía facultades para inhabilitarlo, ya que no es servidor público.

La decisión de la Corte sentó precedente, pues fue la primera ocasión en que la SFP sancionó a alguien que no es funcionario, según el artículo 108 constitucional que señala que también son sujetos a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos quienes manejen o apliquen recursos públicos federales.

Con el recurso de revisión, la SFP busca acreditar el desvío de los recursos otorgados por la Secretaría de Salud a Serrano Limón por un monto de13 millones de pesos que estaban destinados a la apertura de tres centros de atención a la mujer y que fueron desviados para otros fines, como la compra de tangas.

El líder ultraconservador, además de pagar el monto establecido por la Secretaría de la Función Pública, por 13 millones 237 mil 377 pesos, fue inhabilitado el pasado 18 de abril por 15 años para ejercer cualquier cargo público.

Estos hechos tuvieron lugar luego de que seis organizaciones feministas: SIPAM, GIRE, Fundar, Letra S, Consorcio para el Diálogo Parmalentario, Equidad y Género, así como Ciudadanía, Trabajo y Familia, llevaron a cabo una auditoría ciudadana mediante la cual documentaron el desvío de recursos del erario por parte de Provida.

05/GV/YT

 

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