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Reportaje – México violenta regulación sanitaria en atención de partos

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Al permitir que las clínicas particulares atiendan embarazos sin supervisión de la Secretaría de Salud, el Estado transgrede el derecho de las mujeres a una atención de calidad.
 
En diferentes ocasiones el Estado mexicano se ha comprometido internacionalmente con todas las mexicanas, con la ratificación de convenios o tratados, a garantizar el pleno acceso al Derecho Humano (DH) a la salud, lo que incluye parir en condiciones dignas y seguras.
 
Este derecho fue reconocido por primera vez en 1948 con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que determinó que “la protección de la salud es un derecho fundamental que debía ser garantizado a toda la ciudadanía en condiciones de igualdad”.
 
Años después, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) estableció que los Estados debían garantizar a todas las mujeres “servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el periodo posterior al parto”, lo que fue ratificado por la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), en la que se confirmó que se debe “asegurar atención prenatal y posnatal apropiada a las madres”.
 
Las decenas de mujeres que no cuentan con seguridad social o con los recursos suficientes para pagar por atención médica privada de alta calidad, y que por tanto acuden a clínicas “patito” en el DF y el área conurbada, son prueba latente de que México no cumple con su compromiso internacional de asegurar la salud a toda la población femenina.
 
Pues –como constató Cimacnoticias– ellas acuden a estos lugares, motivadas por el temor a ser maltratadas en los servicios públicos o porque no cuentan con un seguro médico.
 
Sin embargo, muchas no tienen la información necesaria, ni las herramientas que les permitan prevenir o detectar si estas clínicas privadas representan un riesgo para su vida y salud.
 
Además de no regular la instalación de esos establecimientos, la Secretaría de Salud (Ss), mediante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), tampoco difunde a la población cuáles son los criterios mínimos que deben ser tomados en cuenta para elegir uno de estos espacios para atenderse.
 
BUROCRACIA
 
A lo anterior se suma que una denuncia de irregularidades por alguna complicación o consecuencia médica que afecte a las mujeres es un proceso tardío y burocrático.
 
Así lo ventiló Álvaro Pérez Vega, comisionado de Operación Sanitaria de la Cofepris, quien sostuvo que para prevenir posibles riesgos médicos, las mujeres deben cerciorarse de que la clínica cuenta con una licencia sanitaria y un responsable sanitario a quien se le pueda exigir muestre su cédula profesional.
 
Cabe aclarar que un establecimiento cumplirá con estos requisitos sólo si previamente solicitó una licencia sanitaria.
 
El funcionario explicó que la Cofepris actúa con base en la información que obtiene de las visitas y supervisiones que realiza a los establecimientos registrados.
                                            
Así, detalló que en 2011 se hicieron 73 visitas de verificación sanitaria a hospitales y clínicas a nivel nacional, y hasta mayo de 2014 se realizaron 474 visitas.  
 
Pérez Vega agregó que otra forma en que la instancia federal puede actuar es mediante las denuncias que presenten las usuarias cuando detectan un mal servicio. Al tener la queja, la autoridad va al lugar para cerciorarse si cumple o no con los criterios sanitarios.
 
Explicó que existe la “alerta sanitaria”, un mecanismo que opera cuando se detecta que cierta clínica u hospital pone en riesgo la vida de las personas. La alerta se difunde en el sitio web de la Cofepris, “lo que ha ocurrido en los casos de clínicas que ofertan cirugías estéticas”, puso como ejemplo.
 
Añadió que la responsabilidad de contar con un listado del total de clínicas que operan y atiendan a las mujeres corresponde a los estados, por lo que a nivel federal se desconoce cuántas son y en dónde operan exactamente.
 
Además el funcionario señaló que las denuncias por una mala práctica médica se deben presentar ante la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) y no ante la Cofepris.
 
Como muestra de la falta de información con la que cuentan las mujeres que acuden a servicios particulares, esta agencia supo el caso de María, una mujer de 40 años, que de manera inesperada se enteró que estaba embarazada y al no contar con seguridad social se atendió en una clínica privada.
 
María había tenido tres hijos sin estricto seguimiento médico; en esta ocasión no fue diferente. Sin saber de normas oficiales ni de registros ante la Ss, encontró una clínica en el municipio mexiquense de Nezahualcóyotl, donde acudió a un par de citas médicas pero sin saber que antes de atenderse debía verificar que el lugar estuviera regularizado.
 
Allí su médico la regañó por estar embarazada a su edad y la cuestionó por no haber acudido antes, pero la atendió y la envió a hacerse un ultrasonido. Le hizo el chequeo general y le informó que todo iba normal, así que la programó para el parto.
 
Antes de la fecha programada, en la madrugada María empezó a tener dolores; horas más tarde las contracciones fueron más frecuentes y acudió a la clínica. La fuente se le rompió en la calle y tuvo que esperar en la clínica a que llegara el doctor pues aún era muy temprano.
 
Una enfermera la ayudó y se atendió el parto; estuvo dos días en el lugar y después fue enviada a su casa. Ella no regresó al lugar por el trato que recibió y además porque no sabía que la ley indica que debe tener un seguimiento de por lo menos tres citas más después del alumbramiento.
 
Su primer interés era atender al recién nacido, así que aunque lamentó el trato ni siquiera pensó en presentar una queja, además no sabía si eso se podía hacer o ante quién debía ir.
 
María no piensa presentar una denuncia. Dijo que no tiene tiempo ni dinero de “andar en esas cosas”, así que la violencia que sufrió a manos de quienes la atendieron quedará impune.
 
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