Inicio Fallo inédito de ONU sobre derecho a aborto terapéutico

Fallo inédito de ONU sobre derecho a aborto terapéutico

Por la Redacción

El pasado jueves 17 de noviembre de 2005, en una decisión inédita, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas falló favorablemente en el caso de una joven peruana forzada a llevar a término el embarazo de un feto anencefálico, sentando un precedente para Perú y también para el resto de los países que son parte de la organización.

De acuerdo con un boletín de prensa de la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, en el caso Karen Llontoy vs. Perú, el fallo del Comité estableció que negar el acceso al aborto legal viola los derechos humanos básicos de las mujeres.

Esta es la primera vez que un organismo internacional de derechos humanos hace responsable a un gobierno de asegurar el acceso a servicios para aborto legal El caso fue presentado en 2002 por el Centro de Derechos Reproductivos (con sede en Estados Unidos), conjuntamente con el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) y la ONG DEMUS, de Perú,

Ambas organizaciones defendieron a una muchacha peruana de 17 años que en 2001 fue forzada a continuar un embarazo de un feto con anencefalia, malformación incompatible con la vida, e incluso a amamantar a su hija durante cuatro días antes de que se produjera su muerte. Esto significó graves efectos para su salud mental, física y emocional, además del maltrato por parte del personal hospitalario. Se puso en riesgo su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica.

Aunque la malformación se detectó en la semana 14 de gestación, Karen no pudo acceder al aborto legal por razones terapéuticas (riesgo de salud y para la vida de la madre), tal como lo permite el Código Penal en Perú. A pesar de ello, las mujeres dependen de la decisión de los médicos de los servicios públicos para acceder a los abortos legales.

Se estima que en Perú se producen cada año 352 mil abortos inducidos, según un estudio realizado en 2001 por Delicia Ferrando (Centro Flora Tristán y Pathfinder International), lo que revela un significativo incremento si se toma en cuenta un estudio del año 1994, del Instituto Alan Guttmacher, que reconocía la existencia de 271.1 mil abortos.

El aborto inseguro ocupa el cuarto lugar como causa de muerte materna en el país (7 por ciento), según datos del Ministerio de Salud, pero se estima que otras causas de muerte materna, tales como las hemorragias y las infecciones podrían estar ocultando, la causa real de las defunciones, que es la práctica del aborto clandestino riesgoso.

Son las mujeres pobres (rurales o urbanas) y las adolescentes quienes más recurren a estas prácticas inseguras, lo cual transforma al aborto no sólo en un problema de salud pública y de derechos humanos, sino también de justicia social.

La disposición del organismo internacional hace responsable al gobierno peruano por negar el acceso a las mujeres a los servicios básicos de salud reproductiva -como el aborto legal- y establece que esto constituye una violación al derecho a no ser sometida/o a tratos inhumanos, crueles y degradantes; al derecho a la privacidad, y a la protección especial de los derechos de las y los niños. Por último, ordena al gobierno de Perú una reparación para la joven y la adopción de regulaciones que garanticen a las mujeres el acceso al aborto legal.

Anteriormente la Organización de Naciones Unidas, a través del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1995, 1998 y 1999), y a través del Comité de Derechos Humanos (1996) ya había instado al Estado peruano a revisar la legislación que contiene medidas punitivas para las mujeres que abortan.

05/YT

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