Inicio 63 años con voto, toda una vida sin paridad

63 años con voto, toda una vida sin paridad

Por Silvia Núñez Esquer*
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El 26 de abril de este año, la LXII legislatura del congreso de Sonora aprobó el dictamen llevado al pleno por la Comisión de gobernación y puntos constitucionales. Se trataba de la iniciativa presentada por la gobernadora Claudia Pavlovich Arellano, para hacer efectiva la paridad electoral en la entidad.
 
La modificación a la Ley que reforma el artículo 150-A de la Constitución Política del estado de Sonora, fue impulsada años atrás por la agrupación Mujeres en Plural, que congrega a políticas de diversos partidos, y que la mandataria local hizo realidad con la propuesta de reforma.
 
El 8 de marzo fue la fecha escogida para anunciar la tan anhelada propuesta y Pavlovich fue la vía para concretarla. Rodeada de algunas de sus funcionarias y de mujeres militantes de los partidos, dio a conocer la decisión de proponer la paridad vertical y horizontal.
 
El documento presentado por la gobernadora expone “que en el estado, las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos civiles y políticos; de manera igualitaria podrán ser electas y electos y tendrán derecho a voto en cualquier elección, siempre que reúnan los requisitos que señalan esta Constitución y las leyes aplicables”.
 
La iniciativa ordena “que los partidos políticos o coaliciones deberán garantizar en la postulación de fórmulas de candidatos a diputados por los principios de mayoría relativa, la paridad entre los géneros en la totalidad de sus candidaturas, debiendo sus fórmulas de propietario y suplente, estar compuestas por candidatos del mismo género en la elección que se trate”.
 
“En las listas de fórmulas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional deberá observarse la paridad entre los géneros y se integrarán por fórmulas de género distintos en forma alternada en la elección correspondiente”.
 
Y lo que no existía, se incluye la paridad en todo sentido, para establecer que en los procesos electorales municipales que se rigen por el principio de mayoría relativa, se observará la paridad horizontal y vertical para ambos géneros. Las planillas deberán integrarse por candidatos propietarios y suplentes del mismo género.
 
La propia iniciativa establece los conceptos que regirán cuando ésta sea vigente: “Se entenderá por paridad de género vertical en la postulación de los candidatos de planillas de ayuntamientos, la obligación de los partidos políticos o coaliciones, de salvaguardar en todo momento la paridad y la igualdad entre los géneros”.
 
“En las candidaturas que integren cada planilla de Ayuntamiento deberá alternarse el género en la elección respectiva”.
 
“Se entenderá por paridad de género horizontal la obligación de los partidos políticos y coaliciones para salvaguardar la postulación de 50 por ciento de candidatas y 50 por ciento de candidatos, respecto de la totalidad de candidaturas a presidentes municipales en el proceso electoral correspondiente”.
 
Estos párrafos que cambiarían la Constitución local para garantizar de una vez por todas la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en el ámbito electoral, es tan importante y trascendente como lo fue aquel párrafo en la reforma constitucional del 17 de octubre de 1953, cuando por el sólo hecho de incluir la palabra “mujeres”, se reconoció a éstas como ciudadanas y por lo tanto, con derecho al voto.
 
En la elección de 2015, en la que las mujeres hicieron explícito su interés en participar masivamente, quedó manifestada la reacción violenta por parte de corrientes conservadoras que no están convencidas de que las mujeres deben ir en igualdad de condiciones con los hombres.
 
A seis meses de aprobado el dictamen de reforma para incluir la paridad vertical y horizontal en todas las candidaturas a puestos de elección popular, ésta no ha sido publicada en el boletín oficial del estado de Sonora.
 
Los ayuntamientos han dilatado su publicación, y por lo tanto, su entrada en vigencia, pues extraoficialmente se contabilizan 15 municipios del total de 72, que no han votado en sus cabildos la  aprobación de la reforma para completar la mayoría simple, o no han seguido los mecanismos correspondientes, por lo que son muchos más los que no han resuelto al respecto para obtener una mayoría absoluta.
 
Sonora, estado que ha sido vanguardia en equidad de género en la legislación al ser el primero que incluyó las cuotas electorales; ahora debería ser la entidad que pusiera de nuevo el ejemplo en contar con la paridad total que dé el marco legal definitivo para lograr la tan anhelada igualdad sustantiva por la que tanto han luchado las mujeres. Los ayuntamientos tienen la palabra.
 
*Periodista integrante de la Red Nacional de Periodistas y directora del blog Mujer Sonora http://mujersonora.blogspot.mx/
 
Twitter: @mujersonora
 
16/SNE/LGL

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