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Aunque limitada, PEM prevé protección a mujeres migrantes

El Estado mexicano deberá proteger los derechos de las mujeres migrantes que trabajan, no cuentan con permiso de libre tránsito y/o tienen familia en el país, según establece el Programa Especial de Migración (PEM), que garantiza la salvaguarda de los Derechos Humanos (DH) de esta población y que deberá aplicarse en la actual administración federal.
 
De acuerdo con algunos objetivos y líneas de acción del PEM –el cual se desprende del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND)–, diferentes instituciones y niveles de gobierno tendrán que trabajar articuladamente para garantizar el respeto a los DH de las mujeres migrantes y sus familias.
 
El PEM fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de abril, y fue elaborado por la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación (Segob) con la participación de más de 80 organizaciones civiles, agrupadas en el Colectivo Plan Nacional de Desarrollo- Migración.
  
Sin embargo, aunque el PEM no está orientado particularmente a las mujeres, sí considera algunas acciones para atender los efectos negativos de la migración entre la población femenina.
 
El PEM despliega cuatro objetivos con nueve estrategias y 18 líneas de acción orientadas a las mujeres que deberán ser desarrolladas por las secretarías de Gobernación, Trabajo, Educación Pública, Relaciones Exteriores y Salud, así como por el Instituto Nacional de las Mujeres, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
 
Para las migrantes trabajadoras, se plantea la obligación del gobierno federal de promover su acceso al trabajo remunerado, empleo decente y recursos productivos en un marco de igualdad. También prevé la supervisión de sus condiciones laborales, a fin de garantizar su seguridad y dignidad, particularmente en el sur del país.
 
De acuerdo con el Instituto de Migración para las Mujeres (Imumi), las trabajadoras migrantes acceden a empleos precarios, en la economía informal, en situación irregular, y están expuestas a situaciones de abusos y sin derechos.
 
Se trata de mujeres jóvenes, en edad productiva y reproductiva, con niveles altos de analfabetismo y pocos años de escolaridad. La mayoría se ocupa en el trabajo del hogar, así como en el sector comercio y servicios, indicó el Imumi.
 
En cuanto a las mujeres “en tránsito irregular”, es decir que carecen de documentos de estancia legal en el país, el PEM señala la obligación de las dependencias para ampliar la difusión sobre los derechos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes, y desarrollar y difundir campañas de prevención de la violencia contra las mujeres migrantes.
 
Además, estipula que las dependencias deben facilitar los procesos de regularización de personas extranjeras en México privilegiando la unidad familiar y el interés superior de la infancia, así como implementar protocolos específicos para la repatriación segura y ordenada de mujeres, niñas, niños y adolescentes extranjeros no acompañados.
 
También se debe asegurar atención médica a las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual y de mujeres embarazadas durante su tránsito por México. Igualmente, contempla estrategias intersectoriales para la atención y protección de mujeres y niñas migrantes víctimas de tráfico, trata, abuso sexual y secuestro.
 
Según datos del Imumi, 20 por ciento de la población migrante en tránsito irregular por México son mujeres, en promedio 30 mil al año.
 
Esta población corre el riesgo de ser detenida debido a controles de salud y seguridad, y también niñas, niños y adultos mayores pueden ser recluidos en centros de detención, pese a que esto vulnere sus derechos.
 
De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos, entre 2000 y 2011 las mujeres migrantes interpusieron 776 quejas contra una autoridad federal por presuntas violaciones a sus garantías fundamentales.
 
La mayoría de las quejas (67.8 por ciento) fueron contra el Instituto Nacional de Migración; 14.4 por ciento correspondieron a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE); 6.7 por ciento contra la Procuraduría General de la República; 4.38 por ciento por maltratos de la Policía Federal y Policía Federal Preventiva, y 4.4 por ciento contra autoridades no identificadas.
 
Respecto a las familias migrantes, el PEM crea protocolos interinstitucionales para la identificación y atención de casos de separación familiar que coadyuven a la reunificación; fortalecer los servicios de orientación y representación legal para las personas migrantes, particularmente para los casos de separación familiar, y ampliar la capacidad institucional para el desahogo de requerimientos solicitados por tribunales extranjeros en casos de custodia de menores.
 
El Imumi advierte que la separación es uno de los principales problemas a los que se enfrentan las familias migrantes, debido en especial a la deportación de madres y/o padres en el contexto migratorio.
 
En 2011 el Centro de Investigación Aplicada de Estados Unidos estimó que había por lo menos 5 mil 100 niñas y niños en custodia de los departamentos de protección infantil de ese país, debido a la deportación de sus padres.
 
Y en México, según la SRE, entre 2010 y 2014 van 9 mil 780 solicitudes de apoyo consular en casos de custodia de niñas y niños en EU.
 
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